Clasificación para la Institución Financiera según Criterios de las Multilaterales
La gestión de riesgos ambientales y sociales (AyS) se ha convertido en un pilar fundamental para las instituciones financieras (IF), especialmente aquellas que buscan acceder a financiamiento internacional y demostrar un compromiso con la sostenibilidad. En este contexto, la clasificación de las IF según los criterios establecidos por las instituciones multilaterales juega un papel crucial. Esta clasificación, basada principalmente en el perfil de riesgo AyS de la cartera de crédito de la IF, influye directamente en el alcance y la complejidad del Sistema de Administración de Riesgos Ambientales y Sociales (SARAS) que deben implementar.
El objetivo definir en detalle la clasificación para las instituciones financieras, con especial atención a los criterios empleados por dos de las principales instituciones multilaterales: la Corporación Financiera Internacional (IFC) y las Financieras de Desarrollo Europeas (EDFI). Además, se abordará la posición típica de las instituciones de microfinanzas (FMI) dentro de estas clasificaciones y la importancia de la clasificación en el diseño e implementación de un SARAS efectivo.
1. Criterios de Clasificación de las Multilaterales
Las multilaterales y los inversores de desarrollo clasifican a las IF en función del perfil de riesgo ambiental y social de su portafolio de crédito o de la clase de activo a financiar. Este perfil de riesgo está intrínsecamente relacionado con el tipo, tamaño y exposición de los sectores que financia la IF. La adopción de estos criterios de clasificación permite a las multilaterales establecer requisitos de gestión de riesgos proporcionales al nivel de riesgo inherente de las actividades financiadas.
2. Clasificación según la Guía para Intermediarios Financieros del IFC
La Guía para Intermediarios Financieros del IFC (2023) establece una clasificación cualitativa de las IF en tres categorías principales: IF-1, IF-2 e IF-3. Esta clasificación es ampliamente utilizada en Latinoamérica y el Caribe y coincide con la empleada por BID Invest.
IF-1
Esta categoría describe a aquellas IF cuya cartera existente o propuesta incluye, o se espera que incluya, una exposición financiera sustancial a actividades comerciales con posibles riesgos o impactos ambientales o sociales significativos que sean diversos, irreversibles o sin precedentes. Ejemplos típicos de carteras IF-1 son aquellas que financian grandes obras de infraestructura como autopistas, aeropuertos o puertos, así como proyectos de generación de energía. Estas actividades inherentemente conllevan un mayor potencial de generar impactos ambientales y sociales adversos, lo que justifica una clasificación de mayor riesgo.
IF-2
En esta categoría se encuentran las IF cuya cartera existente o propuesta está compuesta, o se espera que lo esté, por actividades comerciales que tienen potenciales riesgos o impactos ambientales o sociales adversos limitados, que son escasos en número, generalmente específicos del lugar, en gran medida reversibles y fácilmente abordados mediante medidas de mitigación. Esta categoría también incluye IF con un número muy limitado de actividades comerciales con los riesgos significativos descritos para IF-1. Un ejemplo de cartera IF-2 es el financiamiento a empresas en crecimiento que buscan expandir sus operaciones o lanzar nuevos productos al mercado. Si bien estas actividades pueden generar algunos impactos, generalmente son de menor escala y más fáciles de gestionar.
IF-3
Esta categoría abarca a las IF cuya cartera existente o propuesta incluye exposición financiera a actividades comerciales que predominantemente tienen impactos ambientales o sociales mínimos o nulos. Las carteras orientadas a microfinanzas y financiamiento de Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) suelen encuadrarse en esta categoría. Dada la naturaleza y escala de las operaciones financiadas, el riesgo AyS inherente se considera bajo o mínimo.
3. Clasificación según los Procedimientos y Estándares Armonizados de las EDFI
Los Procedimientos y Estándares Armonizados para instituciones financieras de las EDFI (2019) también establecen una clasificación de las IF, aunque utilizan una nomenclatura diferente y consideran tanto criterios cualitativos como cuantitativos, tomando en cuenta toda la cartera de la IF. Las categorías definidas son: Intermediarios Financieros de Alto Riesgo (IF-A), Intermediarios Financieros de Medio Riesgo (IF-B) e Intermediarios Financieros de Bajo Riesgo (IF-C).
Intermediarios Financieros de Alto Riesgo (IF-A)
Se incluyen en esta categoría las IF con actividades o proyectos con potenciales impactos o riesgos ambientales y sociales significativos. Un criterio cuantitativo adicional es que la exposición del portafolio a sectores o actividades de riesgo ambiental y social alto es mayor al 20%. Esta categoría es análoga a la IF-1 del IFC, enfocándose en IF con una parte sustancial de su cartera en actividades de alto riesgo.
Intermediarios Financieros de Medio Riesgo (IF-B)
Esta categoría comprende a las IF con actividades o proyectos con potenciales impactos o riesgos ambientales y sociales limitados. Cuantitativamente, la exposición del portafolio a sectores o actividades de riesgo ambiental y social alto es menor al 20%. Esta categoría se asemeja a la IF-2 del IFC, abarcando IF con una exposición limitada a actividades de mayor riesgo.
Intermediarios Financieros de Bajo Riesgo (IF-C)
En esta categoría se clasifican las IF con actividades o proyectos con potenciales impactos o riesgos ambientales mínimos. Un criterio clave es que el portafolio del IF es predominantemente de clientes retail o micronegocios (mayor al 80%). Esta categoría corresponde a la IF-3 del IFC, destacando el bajo riesgo asociado con el financiamiento a pequeña escala.
4. Clasificación de las Instituciones de Microfinanzas (FMI)
Dada la naturaleza de sus operaciones, las instituciones de microfinanzas (FMI) prácticamente entran en las categorías de menor riesgo tanto del IFC (IF-3) como de las EDFI (IF-C). Su enfoque principal en el otorgamiento de préstamos de menor cuantía (microcréditos) a individuos y pequeñas empresas (PYMES) que operan a una escala limitada generalmente implica impactos ambientales y sociales mínimos o nulos.
- Las carteras de las FMI se caracterizan por una gran cantidad de transacciones de bajo monto destinadas a financiar actividades como pequeños negocios, mejoras en viviendas o capital de trabajo para microempresas. Estas actividades suelen tener un impacto ambiental directo limitado y los riesgos sociales asociados generalmente se centran en aspectos laborales básicos y condiciones de vida de los beneficiarios.
- Si bien algunas actividades financiadas por las FMI podrían tener ciertos riesgos AyS (por ejemplo, una pequeña empresa agrícola que utiliza pesticidas), la escala y la intensidad de estos riesgos suelen ser significativamente menores en comparación con los proyectos de infraestructura a gran escala financiados por IF clasificadas como IF-1 o IF-A.
- Es importante notar que, si una FMI decidiera expandir su cartera para incluir un porcentaje significativo de financiamiento a proyectos de mayor riesgo (por ejemplo, proyectos agroindustriales de gran escala o pequeñas centrales hidroeléctricas), su clasificación podría cambiar a IF-2 o IF-B, dependiendo del volumen y la naturaleza de estas nuevas operaciones. Además, algunas multilaterales pueden clasificar a la IF según la clase de activo específica que vayan a financiar. Por ejemplo, una FMI podría ser IF-3 para su cartera de microcréditos pero IF-2 si recibe fondos para financiar PYMES agroindustriales de mayor tamaño.
5. Influencia de la Clasificación en el SARAS
La clasificación de una IF tiene una influencia directa y significativa en el alcance y la complejidad del SARAS que debe diseñar e implementar. Las multilaterales establecen requisitos de SARAS diferenciados según el nivel de riesgo de la IF.
- Para las IF clasificadas como de mayor riesgo (IF-1 o IF-A), se espera un SARAS más sofisticado y robusto, que siga los principios de un sistema de gestión integral. Esto implica la necesidad de contar con políticas ambientales y sociales detalladas, procedimientos de evaluación de debida diligencia exhaustivos (que pueden incluir la aplicación de las Normas de Desempeño del IFC y las guías MASS del Banco Mundial), personal dedicado y competente en temas AyS, sistemas de monitoreo y seguimiento rigurosos, y mecanismos de comunicación externa.
- En el caso de las IF de riesgo medio (IF-2 o IF-B), los requisitos del SARAS son generalmente menos exigentes que para las IF-1, pero aún requieren la implementación de políticas y procedimientos para identificar, evaluar y mitigar los riesgos AyS relevantes para su cartera. La aplicación de las Normas de Desempeño del IFC puede ser requerida para ciertas transacciones de mayor riesgo dentro de su cartera.
- Para las IF clasificadas como de menor riesgo (IF-3 o IF-C), como la mayoría de las FMI, se pueden implementar políticas y procedimientos básicos, como una lista de exclusión y la verificación del cumplimiento de la normativa local. Si bien no necesariamente deben seguir la estructura completa de un sistema de gestión, se recomienda enfocarse en la mejora continua y la evaluación del desempeño. La debida diligencia para estas IF suele ser menos profunda, centrándose en la revisión documental y la verificación de permisos básicos.
En todos los casos, se recomienda que la IF elabore un manual de SARAS que sirva como base para sistematizar todos los procedimientos y orientar el diseño y la implementación del sistema. Además, es fundamental que la alta administración de la IF esté comprometida con la implementación del SARAS y asigne las responsabilidades y los recursos necesarios para su funcionamiento efectivo.
Conclusión
La clasificación de las instituciones financieras según los criterios de las multilaterales es un proceso esencial que permite alinear los requisitos de gestión de riesgos ambientales y sociales con el nivel de riesgo inherente de las actividades financiadas. Tanto el IFC como las EDFI ofrecen sistemas de clasificación claros que consideran el tipo, tamaño y exposición sectorial de la cartera de crédito de la IF. Las instituciones de microfinanzas, debido a su enfoque en préstamos de pequeña escala, generalmente se clasifican en las categorías de menor riesgo (IF-3 o IF-C), lo que implica requisitos de SARAS menos complejos. Sin embargo, independientemente de la clasificación, la implementación de un SARAS efectivo es crucial para que las IF puedan gestionar adecuadamente sus riesgos AyS, acceder a financiamiento internacional y contribuir a un desarrollo más sostenible. La comprensión de los criterios de clasificación y su influencia en el SARAS es, por lo tanto, un paso fundamental para cualquier IF que aspire a operar de manera responsable y sostenible en el panorama financiero actual
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